Skip to main content
Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Modelo de Biblioteca Escolar en Extremadura

Artículo 135.1 de la Ley de Educación de Extremadura

“Todos los centros educativos dispondrán de una biblioteca escolar dotada de suficientes recursos que facilite el acceso a la información y a la documentación en los distintos soportes, propicie la actualización científica y pedagógica del profesorado, refuerce los procesos de enseñanza y aprendizaje del alumnado y fomente el hábito de la lectura, la práctica de idiomas y las habilidades en el uso de la información.”